FUSIONES ELECTORALES

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POR: LIC. RAUL ALEJANDRO RODRIGUEZ REYNA.

Maestrante en Derecho Electoral

 

ANTECEDENTES

Al observar los últimos dos procesos electorales tanto federales como estatales en los cuales  se han concretado diversas coaliciones o alianzas electorales, mas no se han registrado o se han realizado FUSIONES ELECTORALES, es pertinente plantear la posibilidad de argumentar que no es viable que sigan siendo una opción de participación electoral vigente en nuestro sistema jurídico electoral toda vez que, no tienen un futuro halagador en cuanto a su aplicación, debido al desinterés de los partidos políticos en usar esta forma de participación; por estas razones, se debe empezar a considerar la posibilidad de  derogar los artículos 56 en su numeral 3; 65, 66 inciso h) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Con ello se  impactaría en la legislación electoral, con el fin de que sea considerado como una opción viable la derogación de los artículos antes enumerados y que se refieren a la figura electoral de FUSION.

 

INTRODUCCION.

PROCESO ELECTORAL

A lo largo de la historia se han venido dando diversos intentos por dar orden a la actividad de elegir a las personas que actuaran como representantes del pueblo o de la ciudadanía ante los poderes del Estado, básicamente y ciñéndonos a nuestro país que es el campo de estudio y de aplicación de la hipótesis y propuesta del presente, es en esta actividad en donde tenemos la opción de elegir a los representantes que actuaran ante las soberanías locales y federales,  así como a nuestros representantes que actuaran y desempeñaran el cargo como titulares del Poder Ejecutivo Local y Federal, es por ello que, en ese afán de marcar una pauta o definir lineamientos de cómo llevar a cabo esta tarea que no es un asunto menor, los estudiosos del derecho electoral y diversos representantes ante la legislaturas de los dos ámbitos han tratado mediante definiciones de proceso electoral, dar una idea de cómo se realizan las etapas respectivas, su orden y su temporalidad.

 

Algunos tratadistas nos dicen que el proceso electoral es concebido como una serie de actos concatenados entre sí, tendientes a hacer posible la renovación de los órganos primarios del Estado, pasando por una adecuada instrumentación y sujetándose a determinados principios.

 

Podemos señalar entonces, que el proceso electoral es específicamente un acto eleccionario, pero de manera amplia debemos entender por proceso electoral: El periodo que va desde la campaña de oferta electoral de los postulantes (candidatos) y hasta el escrutinio definitivo (resultados). Los momentos intermedios de este proceso serian la campaña electoral y vida de la misma, donde se desarrollan y se manifiestan al electorado las distintas plataformas electorales, luego del cierre de campaña viene el acto eleccionario propiamente dicho, que a su vez se puede dividir en tres etapas: el acto de apertura (preparación de mesa, urnas, acreditación de autoridades y representantes de partidos), la etapa del desarrollo del comicio donde los electores emiten su voto y por último el cierre del comicio que se conoce también como escrutinio, es decir el conteo de sufragios. El proceso se cierra con la etapa de declaración de validez de los resultados una vez que las autoridades electorales resuelven sobre impugnaciones y demás observaciones formuladas.

 

Debemos tener en cuenta también que en nuestro país existen dos tipos de elecciones, siendo las más comunes las ordinarias en las cuales el proceso electoral se lleva a cabo con cierta regularidad y en los plazos y con los requisitos establecidos por la propia normatividad y que tiene como objeto la sucesión de los representantes que han concluido con la temporalidad del cargo para el que fueron electos y por otra parte tenemos a las elecciones extraordinarias que son las que surgen cuando un proceso está en una etapa no contemplada de manera general, como podría ser un empate técnico entre partidos o candidatos, para cubrir una vacante de emergencia o en casos de nulidad electoral.

 

ELEMENTOS

Los procesos electorales, deben entenderse como un todo , es decir, no solo son métodos para elegir a ciudadanos que participen como candidatos y llevarlos al poder público, el proceso electoral debe ser entendido como un método que esta compuesto de varios elementos, es decir, desde el punto de vista jurídico es como un Juicio en el cual intervienen las partes con determinadas actividades, es por ello pertinente que conozcamos tales elementos.

 

Sujetos del Proceso Electoral

 

Por sujetos entendemos aquellos que tienen parte en el proceso como autoridad o como actores del mismo los cuales deben cumplir roles fundamentales para el adecuado desarrollo de los comicios. Unos en cuanto organizadores y directores del proceso, otros como partícipes necesarios y finalmente quienes persiguen a través del mismo su objetivo principal, esto es la obtención de la mayor cuota de poder luego de la elección.

 

 

 

Los Organismos Electorales

 

Detentan la calidad de directores del proceso electoral en su doble aspecto, esto es por un lado  administrativo y operativo por el otro. La tarea a desarrollar por estos organismos deberá estar caracterizada por la profesionalidad, objetividad y eficiencia de los actos de sus integrantes, también resulta fundamental la neutralidad que debe tener su actividad, puesto que la falta de una actitud claramente objetiva y ecuánime no hace más que restarle legitimidad a los distintos actos llevados a cabo, disminuyendo su efectividad y transparencia y generando situaciones de desconfianza que repercutirán directamente sobre los mismos organismos electorales, que poco a poco irán perdiendo el control del proceso, con las graves consecuencias institucionales que ello implica.

 

Participantes del proceso electoral

 

Es el conjunto de personas que, cumpliendo con las exigencias requeridas por la normativa electoral vigente y perteneciendo al ámbito geográfico común identificado por ese ordenamiento legal como una unidad electoral (Sección, Distrito), se encuentra habilitado para ser incluido en los correspondientes registros electorales (Padrones) para ejercer su derecho a sufragio activo (Voto), de modo tal que sea computado a efectos de la asignación de los distintos cargos que se estén por renovar en el gobierno y que corresponden a la unidad político-electoral a la que pertenecen.

 

Los Actores Políticos

Entre ellos encontramos a las fuerzas políticas (partidos políticos) y sus representantes, las que a través de la postulación de candidatos aspiran a acceder al control de los órganos políticos y de gobierno del Estado. En forma paralela a la presencia de las distintas agrupaciones que los promueven, los candidatos adquieren una relevancia intrínseca a su postulación.

En ambos casos, unos y otros deben participar de la relación electoral observando pautas básicas e imprescindibles de buena fe, coordinación y colaboración, tanto en lo que respecta a la actividad a desarrollar entre ellos como en su relación con los órganos electorales a cargo del proceso.

 

Medios de Participación

Son los instrumentos y métodos de los cuales se valen los participantes y los actores políticos para poder concretar su intervención en el marco del proceso electoral, con posibilidades ciertas de cumplir sus objetivos alcanzando la mayor representación posible y su consecuente cuota de poder dentro del gobierno surgido de la elección.

 

 

 

 

DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EN MATERIA ELECTORAL.

Por principio de cuentas entendamos el significado de derecho, el cual podemos definir como un orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuyas bases son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter o al menos es lo que a muchos de nosotros nos dijeron en la facultad que lo aprendiéramos.

 

Teniendo esta idea podemos entonces pensar y asimilar que los derechos de los ciudadanos en materia electoral se refieren básicamente a un acto de contenido social mediante el cual el ciudadano además que participa de manera activa en un proceso electoral tiene la oportunidad de elegir o de ser electo a un cargo de representación social o bien llamada popular que no es otra cosa que decir representante del pueblo.

 

Por otra parte, tenemos que estos derechos encuentran su sustento legal en nuestra carta magna en el apartado correspondiente al capítulo IV De los ciudadanos mexicanos, en los artículos 34, 35, 36, y 38.

 

En síntesis, podríamos decir que, los derechos políticos son el conjunto de condiciones que posibilitan al ciudadano participar en la vida política, constituyendo la relación entre el ciudadano y el Estado, entre gobernantes y gobernados. Representan los instrumentos que posee el ciudadano para participar en la vida pública, o el poder político con el que cuenta este para participar, configurar y decidir en la vida política del Estado.

 

 DERECHOS DE LOS PARTIDOS

En este apartado se trata de conocer lo que pasa en los sistemas electorales se convierte en el nexo que sirve para que los ciudadanos accedan a los cargos de elección popular “los partidos políticos”, estos instrumentos legalmente constituidos ante los organismos electorales facultados pare ello forman parte fundamental de este ejercicio cívico, ya que, en nuestro sistema electoral mexicano está considerado como un derecho exclusivo de los partidos políticos el postular a las personas que consideran con mejor perfil político y profesional para acceder a los a cargos de elección popular

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ALGUNOS DE LOS DERECHOS MÁS IMPORTANTES SON:
Participar en el desarrollo y vigilancia del proceso electoral.
Gozar de las garantías para realizar libremente sus actividades.
Disfrutar de las prerrogativas y recibir el financiamiento público en los términos que marcan las leyes correspondientes.
Postular candidatos en las elecciones federales
Participar en las elecciones estatales y municipales
Nombrar representantes ante los órganos del Instituto Federal Electoral en los términos de la Constitución y el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Analizando lo anterior, tenemos que  los partidos políticos, son una verdadera fuente de poder político para los cuidadnos que los dirigen, ya que al dárseles el derecho exclusivo de registrar candidatos y por ende participar en elecciones.

 

COALICIONES ELECTORALES, FRENTES Y FUSIONES.

Las coaliciones electorales o llamadas también alianzas en nuestro país han venido tomando cierta importancia y fuerza, esto incluso lo podemos observar en los últimos procesos electorales en los cuales tanto a nivel federal como estatal a venido ocurriendo.

Podemos mencionar que en estos momentos de realizar el presente trabajo, que día a día crece en gran parte de los integrantes de los partidos Accion Nacional y de la Revolución Democrática la idea de arribar a una coalición o alianza para el 2012, lo anterior a fin de evitar que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) obtenga el triunfo en las próximas elecciones presidenciales; en atención al resultado de los últimos comicios celebrados a lo largo del país, en donde dicho partido obtuvo la mayoría en la Cámara de Diputados, además del triunfo en la mayoría de los estados que contendieron.

En este contexto, y de acuerdo a la dinámica que se viene dando en el mundo las alianzas constituyen un fenómeno común en las democracias liberales, “tan sólo en Europa Occidental se formaron casi 200 coaliciones entre 1946 y 2002”. Los tipos de coaliciones pueden variar de un caso a otro el compromiso más débil sería aquel que se limita a la simple manifestación de trabajar de manera conjunta; el siguiente, al anuncio de una plataforma común; el tercero a postular listas conjuntas a nivel distrital o nacional; y el más sólido sería aquel en que las coaliciones negocian candidaturas únicas.

 

 

 

 

ANTECEDENTES DE LAS FUSIONES EN MEXICO.

El antecedente único que tenemos en México acerca de las fusiones electorales, lo encontramos en el año de 1989 con el Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Siendo así, el PRD nace como una coalición de diversos partidos políticos de izquierda si bien sus fundadores pertenecían al PRI pero al ser rechazados por su propio partido fundan el PRD, antes de ser bautizado como PRD, su origen es el Partido Mexicano Socialista (PMS) que nace de la FUSIÓN de 6 fuerzas políticas de Izquierda a nivel Nacional: Partido Mexicano de los Trabajadores (PMT), Partido Socialista Unificado de México (PSUM), Partido Patriótico Revolucionario (PPR), Movimiento Revolucionario del Pueblo (MRP), Unión de la Izquierda Comunista (UIC; más adelante se unen a la fusión una parte de la militancia del Partido Socialista de los Trabajadores (PST). Su principal líder fue el Ingeniero Heberto Castillo Martínez

El naciente Partido Mexicano Socialista cede su registro en alianza con ex miembros del PRI y organizaciones civiles que se opusieron al partido gobernante y pugnaron por elecciones democráticas, y nace el Partido de la Revolución Democrática.

Siendo esto los únicos antecedentes en nuestro país de los que denominamos FUSION, y aunque no hubo una fusión denominada o mediante el procedimiento que para ello nos marca hoy en día el COFIPE, si hubo tal fusión con las característica que se denominan DE FACTO IURE, ya que es lógico pensar que si era algo novedoso en ese tiempo, pues sería muy difícil que se encontrara regulado por la norma electoral de aquel entonces.

Para entrar al estudio directo de nuestro tema de estudio es importante mencionar que en nuestro país no se han llevado hasta el momento una fusión electoral, de acuerdo a lo mandatado por la legislación de la materia.

 

 

 

 

 

 

CONCLUSIONES

Del estudio anterior y a reserva de saber que es un tema que puede ser objeto de un estudio en la tesis contraria a la que planteamos aquí podemos definir y concretizar varias cosas:

1.- El tema de fusiones electorales es y debe ser un objeto de estudio por parte de los partidos políticos, organismos electorales y ciudadanos interesados en el estudio de la materia electoral.

2.- Hablar de que las fusiones electorales si no son viables en nuestro sistema electoral, es un tema que si bien sería temerario afirmar si es pertinente estudiar y empezar a sostener tesis o hipótesis como la que en este momento se sustenta, la cual no estará exenta de ser objeto de debate y el cual enriquecería el tema.

3.-  Derivado de lo anterior y toda vez que hemos apreciado que para los partidos políticos nos seria atractiva la idea de fusionarse ya que, el hacerlo implicaría perder no solo las prerrogativas a que tienen derecho sino perder el poder político y electoral que han conseguido  y el cual sabemos les es útil para la negociación con los poderes del Estado.

4.- Ahora bien de nuestro estudio y esclareciendo todos y cada uno de los conceptos que hemos vertido en el presente, consideramos se debe de derogar la figura de FUSIONES electorales del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, puesto que como hemos advertido es una figura que legalmente es vigente pero no positiva.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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